Comisión de Seguridad de Asamblea aprueba una nueva ley de lavado de activos que pretende, según la Fiscalía y Gobierno, la inclusión financiera. La nueva ley crea sanciones a sujetos obligados por infracciones y elimina de los obligados a inversionistas, sociedades mercantiles o mixtas.
La nueva ley de lavado
El proyecto divulgado la noche de la sesión plenaria del miércoles fue aprobada en Comisión de Seguridad la tarde del jueves.
- Quitan y agregan obligados
Quitan a importadores o exportadores agropecuarios, inversionistas e instituciones privadas, sociedades mercantiles y de economía mixta de los sujetos obligados a reportar transacciones. Agregan como sujetos obligados proveedores de servicios de activos virtuales y digitales y personas dedicadas a la logística y transporte de mercaderías.
- Comisión de activos digitales
La Comisión Nacional de Activos Digitales es incluida entre los organismos de supervisión, fiscalización y vigilancia de sujetos obligados. Esta supervisará a los sujetos obligados mencionados en el artículo 6 numeral 12 en actividades descritas en la Ley de emisión de activos digitales.
- Diligencia simplificada
En el artículo 13, permite que los sujetos obligado puedan aplicar a clientes y usuarios “medidas de debida diligencia simplificadas, estándar o intensificadas, orientadas a la identificación del cliente y el origen de los fondos”. La diligencia simplificada se aplica a clientes con riesgo bajo incluyendo personas exentas de Impuesto sobre la Renta, aunque verificarán identidad.
- Personas expuestas políticamente
Además de funcionarios públicos, se incluyen: representantes diplomáticos, directores de sociedades con activos estatales, miembros del organismo de dirección de partidos políticos, incluyendo el tesorero. También extranjeros, como jefes de gobierno y funcionarios, o personas con funciones prominentes en organización internacional.
- Sanciones a los sujetos obligados
La ley crea infracciones como no aplicar medidas de debida diligencia a clientes, omitir reportes de operaciones sospechosas, no congelar fondos a grupos designados. Las sanciones serán hasta 2 % de patrimonio por infracciones muy graves y hasta 200 salarios mínimos mensuales a otras jefaturas o empleados; y 1 % por infracciones graves.
Cortesia: Diario el Mundo
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